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Aumentan las demandas y litigios por mala praxis.

Las demandas por mala praxis médica van en aumento, representando un costo adicional de unos 450 millones de pesos anuales para el sistema sanitario.
Se estima que más de 27.000 médicos enfrentan o enfrentarán en la Argentina alguna demanda por supuesta "mala praxis", alcanzando en algunos casos a las instituciones asistenciales donde desempeñan sus tareas.
Del total de las demandas en la actualidad, el 32% recae en los médicos y el 68% restante en las instituciones asistenciales, incluyendo obras sociales y prepagas.
El 60% de los juicios se concentra en Capital y Gran Buenos Aires y generalmente la demanda es por 360.000 pesos. De esta manera, la Argentina se ubica en el primer puesto del ranking de litigiosidad en Latinoamérica.
Las especialidades donde existen más demandas judiciales son: obstetricia el 26%, cirugía 25%, traumatología 14% y anestesiología 4%.
FUENTE:
www.sobreseguros.info/index.php Nª 18

II. La biojurídica y la bioética.


por Dra. Teodora Zamudio

Las cuestiones bioéticas requieren de una prudente y adecuada respuesta jurídica de forma tal que el bioderecho importa la institucionalización jurídica de la bioética [20], y porque la ética, por sí sola, no brinda la indispensable seguridad jurídica -fin del derecho que “fundamentalmente significa el saber a qué atenerse en el actuar social con implicaciones jurídicas” [21], lo cual requiere de la existencia de normas legales claras que indicarán genéricamente cuándo y en qué condiciones puede procederse (o no) a efectuar un determinado acto médico “difícil” (v.gr., dación en vida de órganos para trasplantes) [22].

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Así como no corresponde rendir pleitesía a las normas jurídicas -no siempre acordes con el pensamiento bioético-, tampoco cabe sublimar a los procedimientos ético-clínicos de toma de decisión, pues unas y otros sólo son “herramientas de trabajo” destinadas al logro del bien humano en numerosas ocasiones conflictivas y a pesar de todas las oscuridades que pueden presentarse en el caso concreto [50], mediante la prudente elección de algún temperamento clínico en vistas a un bien específico (situado), aunque no se llegue nunca a saber cuál opción hubiese sido la mejor [51]।

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Colección: Derecho, Economía y Sociedad
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