A pedido de profesionales asegurados (clientes) publicamos nuevamente este artículo y recomendamos la lectura de la serie completa, ya que,
no por religión, sino por riesgo de contagio, numerosos pacientes solicitan cirugia sin transfusiones de sangre.
Existiendo alternativas científicamente comprobadas a nivel mundial,
es injustificable no respetar la voluntad y el derecho del paciente a quien se suele calificar de “fanático religioso”,
cayendo en el error de que
el profesional puede ser calificado como mas "fanático religioso"
al imponer sus prejuicios por sobre los derechos constitucionales de su paciente, demostrando
falta de capacitación e información de los avances de la medicina en intervenciones quirúrgicas sin sangre.
FUENTE: Suplemento del Diario del Mundo Hospitalario
Publicación de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires
Año 4 . Nº 15 . Julio de 2000
TRANSFUSIONES DE SANGRE A TESTIGOS DE JEHOVA
Cuando el médico se enfrenta a un testigo de Jehová que se niega a recibir una transfusión de sangre debe tener en cuenta la voluntad expresa de ese paciente, aunque existen excepciones y resguardos legales que es necesario que conozca para no dejar de cumplir con su misión como profesional de la salud, salvar vidas, ni correr riesgos legales
TESTIGOS DE JEHOVÁ ¿TRANSFUSION O NO?
Dr. Daniel Márquez, médico y abogado
El tema de los Testigos de Jehová tiene aristas espinosas para los médicos, que sin comprender muy bien por qué, se encuentran con la sorpresiva oposición del paciente a ser transfundido aún bajo expresa indicación médica y con inminente riesgo para su vida. La primera reacción, por el simple hecho de ser educados para salvar la vida, es ignorar esa voluntad expresa del enfermo sin saber las implicancias legales que puede conllevar. El motivo primordial de este trabajo es conocer el estado actual de la situación y saber qué se debe hacer en cada circunstancia
EL RECHAZO A LA SANGRE. SU ORIGEN
El rechazo a las transfusiones sanguíneas se basa en diversos pasajes de Génesis, Levítico, Deuteronomio y Hechos de los Apóstoles.
ANALISIS DE LA SITUACION LEGAL EN NUESTRO PAIS
En la Argentina, la ley 17.132, que rige el ejercicio profesional de la medicina, en su art. 19 dice que “los profesionales que ejerzan la medicina están sin perjuicio de lo que establezcan las demás disposiciones legales vigentes, obligados a: ... Inc. 3º: Respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconsciencia, alienación mental, lesionados graves por causas de accidentes, tentativas de suicidio, de delitos...”.
DESARROLLO DE LA JURISPRUDENCIA
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COMO PROCEDER
La forma de proceder queda supeditada a múltiples factores; estos son sin perjuicio de otros, edad del paciente, estado mental, estado de conciencia, si afecta o no a un tercero.
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