LOS SEGUROS BARATOS SON COMO EL VINO DE SEGUNDA CALIDAD, SIEMPRE TE HACEN DOLER LA CABEZA.

Jorge Antonio Farias - Mat SSN 69.145

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No te rindas

No te rindas, aún estás a tiempo
De alcanzar y comenzar de nuevo,
Aceptar tus sombras,
Enterrar tus miedos,
Liberar el lastre,
Retomar el vuelo.
No te rindas que la vida es eso,
Continuar el viaje,
Perseguir tus sueños,
Destrabar el tiempo,
Correr los escombros,
Y destapar el cielo.
No te rindas, por favor no cedas,
Aunque el frío queme,
Aunque el miedo muerda,
Aunque el sol se esconda,
Y se calle el viento,
Aún hay fuego en tu alma
Aún hay vida en tus sueños.
Porque la vida es tuya y tuyo también el deseo
Porque lo has querido y porque te quiero
Porque existe el vino y el amor, es cierto.
Porque no hay heridas que no cure el tiempo.
Abrir las puertas,
Quitar los cerrojos,
Abandonar las murallas que te protegieron,
Vivir la vida y aceptar el reto,
Recuperar la risa,
Ensayar un canto,
Bajar la guardia y extender las manos
Desplegar las alas
E intentar de nuevo,
Celebrar la vida y retomar los cielos.
No te rindas, por favor no cedas,
Aunque el frío queme,
Aunque el miedo muerda,
Aunque el sol se ponga y se calle el viento,
Aún hay fuego en tu alma,
Aún hay vida en tus sueños
Porque cada día es un comienzo nuevo,
Porque esta es la hora y el mejor momento.
Porque no estás solo, porque yo te quiero.
Mario Benedetti

ACEPTAME COMO SOY

Una historia de la vida real. 
Esta historia, es la de un soldado que, finalmente volvía a casa, después haber luchado en Viet Nam. El llamo a sus padres desde San Francisco.
Mama, Papa, estoy volviendo a casa, pero antes quiero pedirles un favor. Tengo un amigo que me gustaría de llevarlo conmigo.
Claro, respondieron. Nos encantaría conocerlo también.
Hay algo que deben saber antes. El fue terriblemente herido en combate. Piso una mina y perdió un brazo y una pierna. Y además el no tiene ningún lugar donde vivir
Que lastima!!! Sentimos mucho escuchar eso. 
Talvez podamos ayudarlo a encontrar algún lugar para vivir
No mama, yo quiero que el pueda vivir en nuestra casa!
-Pero hijo, no sabes lo que estas pidiendo, no tienes idea de la gravedad del problema?
La madre de acuerdo con el padre índico: Alguien con tanta dificultad seria una carga para nosotros. Tenemos nuestra propia vida y no queremos una cosa como esa interfiera en nuestro modo de vivir.
Creo que puedes volver a casa y olvidarte del asunto. El encontrará una manera de vivir por si mismo! El hijo colgó el teléfono y nunca mas supieron de El.
Alguien con tanta dificultad seria una carga para nosotros. Tenemos nuestra propia vida y no queremos una cosa como esa interfiera en nuestro modo de vivir.
Creo que puedes volver a casa y olvidarte del asunto.
El encontrará una manera de vivir por si mismo!
El hijo colgó el teléfono y nunca más supieron de El.
Algunos días después, los padres recibieron un llamado de la policía, informando que su hijo había muerto al caer de un edificio La policía consideraba el accidente como suicidio.
Los padres, angustiados volaron a la ciudad donde se encontraba su hijo y fueron llevados a la morgue para identificar el cadáver.
Ellos lo reconocieron, y para su terror y espanto, descubrieron algo que desconocían:
“SU HIJO SOLO TENIA UN BRAZO Y UNA PIERNA”
Los padres de esta historia son como nosotros, hallamos fácil amar aquellos que son perfectos, bonitos, saludables, divertidos, pero no gustamos de las personas que nos incomodan o nos hacen sentir mal.
Esta noche, antes de dormir, hagamos una oración a Jehová Dios, para que nos de la fuerza que necesitamos para aceptar, sin restricciones, a las personas como ellas son, aunque sean diferentes a nosotros
Cuando pedimos paciencia a Dios  Que nos de paciencia.
Dios nos responde: Paciencia es un subproducto  de las tribulaciones; ella no se puede dar, debe aprenderse
Dios nos da bendiciones; la felicidad depende de nosotros.
No pidamos a Dios que nos libre del dolor
Sufrir nos aleja del mundo y nos aproxima a Dios
Pidamos a Dios que nos ayude a AMAR los otros, como El nos ama.
Dios nos dirá: ... Ahhhh, finalmente, entendiste la idea...
Fuente: http://www.gabitogrupos.com/Fraternalmenteunidos/template.php?nm=1279800344

Una aseguradora en conflicto por discriminación


Una aseguradora en conflicto por discriminación

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El pasado 9 de diciembre se celebró una audiencia conciliatoria en la Dirección de Comercio Interior de Tucumán tras haber ingresado una denuncia al INADI por discriminación a una pareja gay por parte de la empresa LA MERIDIONAL SEGUROS S.A. El motivo de la misma fue la vulneración de derecho al no permitir que uno de los dos cónyugues pudiera acceder como tal al servicio de seguro ofrecido por la mencionada empresa.
Según informó el INADI, "afortunadamente la audiencia resultó favorable para ambas partes, llegando a un acuerdo de bonificación a Fabio y Sergio, tras no haber cumplido con la legislación vigente que otorga a todos y todas los mismos derechos". Asímismo, hay que destacar que "el representante legal de la empresa manifestó sus disculpas y dijo que la empresa Respeta la Ley de Matrimonio igualitario".
Según comentó Fabio, todo surgió ya que “en un principio nos habían ofrecido un seguro por accidente de manera individual, a Sergio a través de su trabajo”. Pero “el seguro tenia determinado precio de manera individual y como matrimonio había un pequeño descuento”.
Por lo tanto, en busca de conseguir ese descuento, “nosotros pasamos los datos personales como matrimonio a la empresa de seguros y en su momento, a las 3 horas, nos llamaron para decirnos que no calificábamos para acceder a ese seguro”. El argumento que la empresa utilizó para denegarles el seguro fue “por tener este tipo de matrimonio”.
“Nos decían que como matrimonio, al ser igualitario, no calificábamos para acceder a un seguro de vida”, manifestó Fabio.
No obstante, la pareja no se quedó con esa negativa y mucho menos aceptó ser tratados, tal como aseguran, con discriminación: “Nos ofrecieron en un principio el seguro de manera individual, reclamamos, y justamente hoy tuvimos una audiencia de conciliación con esta empresa”.
Fuente: Tucuman a las 7
El pasado 9 de diciembre se celebró una audiencia conciliatoria en la Dirección de Comercio Interior de Tucumán tras haber ingresado una denuncia al INADI por discriminación a una pareja gay por parte de la empresa LA MERIDIONAL SEGUROS S.A. El motivo de la misma fue la vulneración de derecho al no permitir que uno de los dos cónyugues pudiera acceder como tal al servicio de seguro ofrecido por la mencionada empresa. 
Según informó el INADI, "afortunadamente la audiencia resultó favorable para ambas partes, llegando a un acuerdo de bonificación a Fabio y Sergio, tras no haber cumplido con la legislación vigente que otorga a todos y todas los mismos derechos". Asímismo, hay que destacar que "el representante legal de la empresa manifestó sus disculpas y dijo que la empresa Respeta la Ley de Matrimonio igualitario", informó el periódico Tucuman a las 7. 
Según comentó Fabio, todo surgió ya que “en un principio nos habían ofrecido un seguro por accidente de manera individual, a Sergio a través de su trabajo”. Pero “el seguro tenia determinado precio de manera individual y como matrimonio había un pequeño descuento”. 
Por lo tanto, en busca de conseguir ese descuento, “nosotros pasamos los datos personales como matrimonio a la empresa de seguros y en su momento, a las 3 horas, nos llamaron para decirnos que no calificábamos para acceder a ese seguro”. El argumento que la empresa utilizó para denegarles el seguro fue “por tener este tipo de matrimonio”. 
“Nos decían que como matrimonio, al ser igualitario, no calificábamos para acceder a un seguro de vida”, manifestó Fabio. 
No obstante, la pareja no se quedó con esa negativa y mucho menos aceptó ser tratados, tal como aseguran, con discriminación: “Nos ofrecieron en un principio el seguro de manera individual, reclamamos, y justamente hoy tuvimos una audiencia de conciliación con esta empresa”. 

Aseguradora de retiro no es igual a ART


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La Cámara Laboral rechazó el pedido indemnizatorio de la madre de un empleado que falleció mientras trabajaba. La progenitora había solicitado un sólo pago, inmediato y único demandado a una compañía de seguros de retiro.
La Sala IV de la Cámara Laboral, integrada por Héctor Guisado y Estela Ferreirós, confirmó una sentencia de grado que desestimó una demanda contra una compañía de seguros de retiro presentada por la madre de un empleado que falleció mientras trabajaba.
Se trata de la causa “Esperanza Elsa Noemí c/ Nación Seguros de Retiro S.A. s/ Accidente-Ley especial”, donde la accionante -progenitora del trabajador fallecido- “tras haber celebrado un contrato de seguro de renta vitalicia” con la aseguradora, la demandó para obtener la indemnización por fallecimiento prevista “en un solo pago, inmediato y único, con más los intereses correspondientes desde la fecha en que se produjo el siniestro”.
En primera instancia se desechó la pretensión con el argumento de que “la actora –sin aludir a vicio alguno de la voluntad- pasó a percibir la resultante de su contrato durante varios meses, en forma pacífica y sin cuestionamiento alguno ni signos de arrepentimiento, hasta la fecha de su reclamo ante el SECLO”.
Los camaristas, por su parte, sostuvieron que “el sujeto pasivo de la pretensión no es el obligado al pago de las prestaciones por fallecimiento de la ley 24.557, sino un tercero (una compañía de seguros de retiro)”.
Por ello, al ser “elegido por la propia actora…no resulta admisible el reclamo de la 'indemnización' y menos aun con intereses desde la fecha del accidente (como pretende la recurrente), máxime cuando la aseguradora recién recibió los fondos aportados por la ART cinco meses después del fallecimiento del causante”.
Basándose en estas argumentaciones, los magistrados explicaron que “resulta aplicable entonces el conocido principio según el cual el sometimiento voluntario y sin reservas expresas a un régimen jurídico, obsta a su ulterior impugnación con base constitucional, pues nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos, ejerciendo una conducta incompatible con otra anterior, deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz”.
La Cámara Laboral rechazó el pedido indemnizatorio de la madre de un empleado que falleció mientras trabajaba. La progenitora había solicitado un sólo pago, inmediato y único demandado a una compañía de seguros de retiro.
La Sala IV de la Cámara Laboral, integrada por Héctor Guisado y Estela Ferreirós, confirmó una sentencia de grado que desestimó una demanda contra una compañía de seguros de retiro presentada por la madre de un empleado que falleció mientras trabajaba.
Se trata de la causa “Esperanza Elsa Noemí c/ Nación Seguros de Retiro S.A. s/ Accidente-Ley especial”, donde la accionante -progenitora del trabajador fallecido- “tras haber celebrado un contrato de seguro de renta vitalicia” con la aseguradora, la demandó para obtener la indemnización por fallecimiento prevista “en un solo pago, inmediato y único, con más los intereses correspondientes desde la fecha en que se produjo el siniestro”.
En primera instancia se desechó la pretensión con el argumento de que “la actora –sin aludir a vicio alguno de la voluntad- pasó a percibir la resultante de su contrato durante varios meses, en forma pacífica y sin cuestionamiento alguno ni signos de arrepentimiento, hasta la fecha de su reclamo ante el SECLO”.
Los camaristas, por su parte, sostuvieron que “el sujeto pasivo de la pretensión no es el obligado al pago de las prestaciones por fallecimiento de la ley 24.557, sino un tercero (una compañía de seguros de retiro)”.
Por ello, al ser “elegido por la propia actora…no resulta admisible el reclamo de la 'indemnización' y menos aun con intereses desde la fecha del accidente (como pretende la recurrente), máxime cuando la aseguradora recién recibió los fondos aportados por la ART cinco meses después del fallecimiento del causante”.
Basándose en estas argumentaciones, los magistrados explicaron que “resulta aplicable entonces el conocido principio según el cual el sometimiento voluntario y sin reservas expresas a un régimen jurídico, obsta a su ulterior impugnación con base constitucional, pues nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos, ejerciendo una conducta incompatible con otra anterior, deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz”.

Liberando las verdaderas objeciones. Parte 4

En nuestras salidas anteriores publicamos 3 de las 4 objeciones generales que habitualmente se presentan a la hora de proponer nuestros productos. Nos faltaba la cuarta. Acá va:
La Competencia.
Para desarrollar un poco este punto habría que proyectarse a situaciones, sin ninguna duda experimentadas, donde los clientes nos dicen cosas como: "
Sabes que pasa, yo ya tengo X compañía" o "Lo que me ofreces lo tengo contratado hace ya 7 años" o "Nunca he tenido problemas con mi productor" o tantas otras "objeciones" relacionadas con la competencia.

En este tipo de objeción hay que tener un 
tacto especial. Hay que entender que el cliente, en el pasado, ya tomó una decisión y que, si yo avanzo con mi propuesta sin cuidado, podrá interpretar que mi mensaje es "cambiá que lo mío es mejor!!!!" (aunque lo sea) Y no queremos que eso pase. Lo que sí queremos es que descubra - con nuestra ayuda - que tenemos algo que le va a aportar algo de valor.
¿Qué podría ser?
Algun nuevo beneficio en nuestra propuesta, un enfoque de cobertura diferente (Ej: sacó un seguro para proteger la educación de sus hijos pero nos enteramos que un hermano le prestó plata y que podría interesarle cubrirla), alguna preocupación que dejó traslucir en la conversación, etc.
Acá, la clave es demostrar interés, preguntar, escuchar atentamente y entrelíneas y no apurarlo al cliente.
Fuente: http://lion.powersite.com.ar/sellingpoint.com.ar/?x=nota/3541/1/liberando-las-verdaderas-objeciones-parte-4&target=1&hash=ef5b73d9b0e357522060c0ae43195612&utm_medium=Email&utm_source=Newsmaker&utm_campaign=Newsmaker%20-%20envio-06-08-2010%20-%2006-08-2010&utm_content=http%253A%252F%252Flion.powersite.com.ar%252Fsellingpoint.com.ar%252F%253Fx%253Dnota%252F3541%252F1%252Fliberando-las-verdaderas-objeciones-parte-4%2526target%253D1%2526hash%253D%257B%2523hash%2523%257D

Pelicula Recomendada de Diciembre

Letters to Juliet

Letters to Juliet

Sinopsis:

La película narra la historia de una joven pareja, Sophie (Amanda Seyfried) y Victor (Gael García Bernal), que están de vacaciones en Italia y que reciben una carta “dirigida a Julieta”. Esta carta ha sido escrita por una mujer, Claire (Vanessa Redgrave) que busca a un hombre llamado Lorenzo (Franco Nero) con el que hace muchos años tuvo una aventura durante unas vacaciones en Italia. Sophie emprenderá entonces un viaje por la Toscana para encontrar este antiguo amor de Claire.

Si vas a Tandil, mejor llevá el comprobante de pago del seguro

Sorprendente desconocimiento

Un desopilante diálogo se produjo el jueves a la mañana ante los micrófonos de LU22 Radio Tandil, donde el Jefe de Inspectores de Tránsito, Walter Villarruel reconoció desconocer la ley y pareció enterarse que la misma establece que lo único obligatorio para circular es la póliza de seguro vigente y no el recibo de pago. La consulta estaba vinculada al episodio protagonizado por agentes de tránsito y el profesor Marcelo Campo.
El funcionario municipal empezó su descargo diciendo que “la gente cuenta las cosas parcialmente y lo que le conviene. Este ciudadano no dice la verdad. El procedimiento fue el habitual y la señora que fue detenida en el operativo no tenía documentación que acreditara el pago del seguro. Ni siquiera el débito automático, que de hecho, presentó a la tarde cuando fue a retirar el vehículo”. “Sin comprobante de pago del seguro no se puede circular y por eso los agentes proceden a retener el vehículo”, argumentó.
Consultado por el conductor del espacio matinal de la radio, Gustavo Chifflet, sobre lo que establece la ley 24.449 respecto a que la portación de la póliza vigente es prueba suficiente para acreditar cobertura de seguro y que la falta de comprobante de pago no será suficiente para la autoridad de control, para estimar la falta de la misma, un titubeante Villarruel se limitó a responder “es cuestión de interpretaciones”.
"¿ Desde cuándo una ley es interpretable ?" interrogó Chifflet. "Eso no implica recibir agresiones”, continuó el funcionario, para luego reconocer que “no tengo memorizada la ley. Habrá que ver que dice la ley provincial. Nosotros hemos detectado coches son el comprobante y los hemos detenido”.
Ante esto, el periodista volvió a la carga y esgrimió “según la ley, si ustedes piden recibos de pago y ante la falta del mismo, retienen los autos, los que están al margen de la ley, son ustedes”, ante lo que el Jefe de Inspectores de Tránsito cerró con un lacónico “¡Bueno, perfecto!
Fuente Tiempo de Seguros N 114