La Cámara Comercial revocó la condena a LA PERSEVERANCIA SEGUROS, eximiéndola de responder por el robo de un automóvil. Para los magistrados, al no pagarse la primera cuota de la póliza, no podía reconocerse vigencia a la prestación asumida por la demandada. Se trata de la causa “Benítez, Julio Omar y Otro c/ La Perseverancia Seguros S.A. s/ ordinario”, donde la Sala “D” de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, decidió revocar la resolución apelada, eximiendo a una aseguradora de responder por el robo de un vehículo. En su momento, la aseguradora rechazó el siniestro por carta documento, manifestando que se hallaba suspendida la cobertura al tiempo del siniestro, por estar impagas dos cuotas vencidas. Si bien la sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda promovida, y condenó a La Perseverancia Seguros a pagar la suma de $ 4.600 (más sus intereses y costas), luego el fallo fue apelado por la parte demandada, con el resultado antes expuesto.
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Jorge Antonio Farias - Mat SSN 69.145
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SIN PÓLIZA PAGA, EL SEGURO NO CUBRE
Publicado por Ladrillos Ecologicos El Bajo Etiquetas: PRODUCTOS, SEGUROS, SEGUROS DE INVERSION
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