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Jorge Antonio Farias - Mat SSN 69.145

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Selección de la modalidad de cobro del beneficio

Fuente : Superintendencia de AFJP http://www.safjp.gov.ar/SISAFJP/Servicios+e+Información/Trámites/
Ver También : Preguntas Frecuentes
http://www.safjp.gov.ar/SISAFJP/Servicios+e+Informaci%C3%B3n/Preguntas+Frecuentes

¿Cuándo deben remitir las AFJP el estado de cuenta?

Las AFJP deben remitir el Estado de Cuenta en las siguientes fechas: FechaInformación correspondiente a los meses de:
del 1º al 31 de Agosto Marzo, Abril, Mayo y Junio
del 1º al 31 de Diciembre Julio, Agosto, Septiembre y Octubre
del 1º al 30 de Abril Noviembre, Diciembre, Enero y Febrero.


Si Ud. no recibe su Estado de Cuenta en las fechas correspondientes, reclámelo a su AFJP. En caso de que su reclamo no fuera resuelto satisfactoriamente, comuníquese a la línea gratuita de la Superintendencia de AFJP 0800-3330049

¿Cómo se controla el estado cuatrimestral de la cuenta de capitalización individual?
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¿Qué otra información le debe remitir la AFJP junto con el Estado de Cuenta?
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¿Por qué es importante que usted controle si se han acreditado todos los aportes efectuados o retenidos?
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¿Qué es la selección de modalidad de cobro de una prestación?
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¿Qué es la Renta Vitalicia Previsional?
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¿Qué es el Retiro Programado?
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¿Qué es el Retiro Fraccionario?
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¿Quiénes pueden elegir Renta Vitalicia Previsional o Retiro Programado?
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¿Quiénes pueden elegir Retiro Fraccionario?
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¿Qué sucede con los derechohabientes de los beneficiarios?
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¿Cómo se cobran los haberes hasta que se seleccione la modalidad?
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¿Cuándo se puede realizar la selección de modalidad de la prestación?
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¿Qué información y documentación debe brindar la AFJP al beneficiario, para efectuar la selección de modalidad de la prestación?
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¿Qué se debe hacer en forma previa a seleccionar la modalidad de la prestación?
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¿Cómo se efectúa la opción por Renta Vitalicia Previsional?
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¿Cómo se efectúa la opción por Retiro Programado?
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¿Cuándo debe disponer el beneficiario del formulario para seleccionar?
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¿Qué sucede cuando hay varios derechohabientes o dos grupos familiares?
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¿Tiene vencimiento el formulario Informe para Solicitud de Cotización de Prestaciones Previsionales?
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¿Es posible designar apoderados en los trámites de beneficios previsionales?
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Otros Vínculos Informativos:
http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/Monoproducto.htm
http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/1%20Rentabilidad%20Bruta.htm
http://www.ssn.gov.ar/Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/2%20Tasa%20Garantizada.htm
http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/4%20Rentabilidad%20a%20Transferir.htm
http://www.ssn.gov.ar/Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/3%20Reconocimiento%20Excedentes.htm
http://ssn.gov.ar/fwcm/index.asp?page=Modules/CentralSite/central_site.asp&url=http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/SRVP-Introduccion.htm
Nota 1: Asegúrese de estar siendo asesorado por un Agente de Seguros matriculado en la Superintendencia de Seguros de la Nación, lo cual puede verificar consultando en http://www.ssn.gov.ar/
Nota 2: Las Bonificaciones o “regalos” están prohibidos por Ley, sospeche cuando se los propongan.

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